Idea de Producto - Términos y Condiciones
ACUERDO DE PRESENTACIÓN DE CONCEPTOS
Al enviar un concepto o idea a una de las empresas del Grupo Jumbo, Koninklijke Jumbo B.V., Diset S.A., James Galt & Co Ltd. (en adelante, indistintamente la "Compañía" o "Jumbo Group") a través de la plataforma en línea "Submittable" (en adelante, la "Plataforma"), la parte que realiza la presentación (en adelante, el "Inventor") acepta los siguientes términos y condiciones de divulgación.
1 Presentación
1.1 El Inventor comprende y reconoce que, al presentar cualquier concepto, idea, sugerencia, invención u otro material (en adelante, el "Concepto") a la Compañía a través de la Plataforma:
(a) el Concepto será analizado durante la presentación para determinar si es del tipo que la Compañía desea evaluar más a fondo. En caso de ser rechazado durante este análisis, el Inventor será notificado directamente por la Plataforma.
(b) Los Conceptos no rechazados durante la presentación serán evaluados por la Compañía para determinar si:
(I) El Concepto es elegible para ser presentado internamente, discutido y posiblemente desarrollado en productos o servicios para su venta. En tal caso, la Compañía contactará con el Inventor para discutir los términos de una licencia o acuerdo de distribución.
(II) Avisar al Inventor de que la Compañía no está interesada en el Concepto. El Grupo Jumbo informará al Inventor de su decisión a través de la Plataforma o un mensaje de correo electrónico.
2 Confidencialidad
2.1 Todas las revelaciones, escritas y verbales, así como los materiales proporcionados (la "Información") a Jumbo Group, se hacen de manera voluntaria. El Inventor otorga un permiso irrevocable a la Compañía para discutir y evaluar internamente el Concepto con el fin de permitir a la Compañía determinar su posible interés en el Concepto. La Compañía tratará la Información relacionada con la presentación del Concepto a través de la Plataforma con el mismo grado de cuidado confidencial con el que trata su propia información confidencial. No se establece una relación confidencial más amplia por dicha divulgación de la Información ni se infiere más allá de los términos del presente Acuerdo por parte de la Compañía.
2.2 Las obligaciones de la Compañía con respecto a la Información no se aplican a ninguna información que:
(I) fuera conocida de manera demostrable por la Compañía antes de la fecha de su divulgación por parte del Inventor a la Compañía; y/o
(II) fuera conocida por el público o estaba disponible para el público en general antes de la fecha de la divulgación al Compañía por parte del Inventor; y/o
(III) se convierte en conocida por el público o está disponible para el público en general posteriormente a la fecha de la divulgación a la Compañía sin ningún acto de la Compañía contrario a las obligaciones impuestas por este Acuerdo; y/o
(IV) fue o es divulgada por el Inventor a cualquier tercero sin obligación de mantenerla confidencial; y/o
(V) es o fue desarrollada de manera independiente por la Compañía o una de sus entidades subsidiarias, divisiones o empresas matrices o afiliadas sin violar este Acuerdo; o
(VI) es recibida de buena fe por la Compañía por parte de un tercero y no está sujeta a una obligación de confidencialidad debida por dicho tercero hacia el Inventor.
3 Garantías
3.1 El Inventor declara y garantiza:
(a) que el Inventor tiene al menos dieciocho (18) años de edad; y
(b) que el Inventor es el único propietario de toda la Información divulgada a la Compañía y que el Inventor tiene el derecho de exclusiva de divulgar la Información y
(c) que cualquier tercero con interés en la Información divulgada ha sido informado de los términos de este Acuerdo y acepta estar sujeto a sus obligaciones.
3.2 El Inventor no divulgará a ningún tercero los términos de este Acuerdo o los términos de cualquier acuerdo propuesto o ejecutado con la Compañía, ni ninguna información sobre la línea de productos de la Compañía, planes futuros de productos u otros planes de negocios. Si el Inventor viola los términos de este párrafo, las obligaciones de confidencialidad de la Compañía en virtud del presente Acuerdo cesarán inmediatamente y serán nulas y sin efecto.
3.3 En caso de cualquier incumplimiento o violación de esta cláusula, el Inventor indemnizará y mantendrá completamente indemne a la Compañía, sus subsidiarias y sus empresas matrices o afiliadas, así como a sus respectivos directores, empleados, sublicenciatarios, distribuidores, clientes y agentes, de cualquier reclamación, pérdida, coste o daño o perjuicio (incluidos honorarios razonables de abogados) contra o sufrido por cualquiera de ellos presentado o causado por cualquier parte y relacionado con, o derivado de, cualquier presentación del Concepto realizada bajo este Acuerdo.
3.4 La evaluación del Concepto por parte de la Compañía no constituye un reconocimiento por parte de la Compañía de novedad, prioridad u originalidad y no prejuzga el derecho de la Compañía a impugnar patentes o derechos de autor existentes o futuros sobre el Concepto o la Información subyacente.
3.5 En ningún caso la Compañía será responsable en virtud o en relación con este Acuerdo de Presentación de Conceptos por ningún daño o perjuicio. Tampoco la Compañía acepta ninguna responsabilidad como consecuencia de que conceptos similares sean llevados al mercado después de la presentación del Concepto. El Inventor reconoce que la Compañía puede desarrollar de manera independiente conceptos similares o recibirlos de otras partes, y que la adopción por parte de la Compañía de cualquier otra presentación, ya sea recibida antes o después de la Información, puede deberse a las condiciones del mercado en el momento en que se recibe dicha presentación alternativa y/o la posición de los conceptos similares sugeridos por la parte que realiza la presentación (y la solidez de la presentación de dicha tercera parte), así como al mérito inherente relativo del Concepto y las presentaciones similares. La selección por parte de la Compañía de presentaciones alternativas, o el uso de su propio trabajo de desarrollo, será sin obligación hacia el Inventor.
4 Disposiciones varias
4.1 Las partes no tienen la intención de crear ninguna relación de licencia o asociación mediante este Acuerdo.
4.2 Este Acuerdo contiene el entendimiento completo entre las partes en cuanto a la protección de la información que pueda intercambiarse o presentarse a través de la Plataforma o de otra manera, y sustituye cualquier comunicación o entendimiento previos, ya sea escritos o verbales, entre las partes. Los términos de este Acuerdo permanecerán en vigencia sin perjuicio de cualquier declaración específica asociada con cualquier Información particular intercambiada, y en caso de conflicto entre los términos de este Acuerdo y cualquier declaración de tal índole, prevalecerán los términos de este Acuerdo. Además, ningún acuerdo o modificación posterior de este Acuerdo tendrá efecto a menos que se ponga por escrito y sea firmado por representantes debidamente autorizados de las partes.
4.3 Las partes acuerdan que, en caso de surgir alguna disputa concerniente a los términos, condiciones y obligaciones de este Acuerdo, cualquier acción u otro procedimiento judicial relacionado con dicha disputa solo podrá ser sometido al tribunal de Ámsterdam en los Países Bajos. Este Acuerdo y todas las cuestiones relacionadas con su validez, interpretación, remedio y ejecución (incluidas, entre otras, las disposiciones sobre limitaciones de acciones), se regirán y se interpretarán de acuerdo con las leyes de los Países Bajos.